Boletín de Impuestos - Junio 2017

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ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA FISCAL

Con la publicación del Decreto 9-2017, se aprueba la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal; ante tal situación, Guatemala desaparece de la lista de países catalogados por la OCDE, como no cooperantes (paraísos fiscales). Con esta aprobación, nuestro país se compromete, entre otros aspectos, a proporcionar información de auditorías fiscales simultáneas, participar en auditorías en el extranjero, asistencia en cobros, entre otros aspectos; según sea el caso. Asimismo, Guatemala tiene derecho a solicitar información a países que integran dicha Convención.

Aunque en el Decreto antes mencionado no detalla el alcance, dicho Convenio sí lo hace; por lo tanto, si desea conocer a profundidad sobre ese Convenio, le compartimos el siguiente enlace donde puede consultar el documento respectivo: http://www.oecd.org/tax/exchange-of-tax-information/48094024.pdf

 

REPORTE DE LA EXISTENCIA DE INVENTARIOS A SAT

Si se encuentra registrado ante SAT en el Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas del ISR, le recordamos que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 42 del Decreto 10-2012, en el mes de julio de este año, debe presentar el reporte de la existencia de los inventarios de los bienes disponibles para la venta con los que cuenta al término del mes de junio 2017.

No olvide también que previo a presentar el reporte de sus inventarios, debe atender lo regulado en el artículo 32 del Reglamento del Decreto 10-2012, que dispone lo relacionado al registro contable de inventarios. Prepárese desde ya y evite contratiempos de último momento.

 

ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE EXPORTADORES

De acuerdo al numeral 2 del artículo 25 de la Ley del IVA, si efectúa solicitudes de devolución bajo el Régimen Especial, en el mes de julio del presente año deberá presentar ante la SAT, declaración jurada de información de sus exportaciones realizadas durante el semestre de enero a junio de 2017.

Es importante mencionar que si no efectúa dicha actualización en el mes mencionado, la SAT lo excluirá temporalmente del registro de exportadores y del régimen especial de devolución de crédito fiscal. Al igual que en el reporte de inventarios, nuestra recomendación es prepararse anticipadamente con la información para esta actualización. Si desea apoyo en este tema, no dude en contactarnos.

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