COMERCIO ELECTRÓNICO Y LOS IMPUESTOS (PARTE 1)

2
Contenido

En la última década del siglo XX, la tecnología comenzó a cambiar y revolucionar la vida de los seres humanos a nivel mundial. El acceso a una computadora personal fue cada vez mayor y la cantidad de personas que poseían una, se ha ido incrementando, a tal punto que casi en cada hogar existe por lo menos una computadora. Si de por sí la computadora ya representaba un avance, con la expansión del internet, como se conoce hoy en día, en los años 90 provocó que muchas actividades cotidianas fueran evolucionando.

El mismo internet y su disponibilidad también fueron desarrollándose a medida que la tecnología lo hacía de la misma mano, pues las computadoras dejaron de ser estacionarias y pasaron a ser móviles; lo mismo sucedió con los celulares y el internet, pasaron de estar ligados a una línea telefónica de casa a prácticamente estar presentes en cualquier rincón del planeta. 

Esta nueva forma de interactuar, mediante la tecnología y las redes, es lo que dio paso al comercio electrónico, el cual se puede definir como las transacciones comerciales que se pueden realizar digitalmente entre organizaciones e individuos. El comercio electrónico implica el uso del internet, aplicaciones móviles y navegadores que se ejecutan en una computadora o dispositivos móviles, como lo son los celulares o las tabletas, para poder realizar transacciones comerciales.

El programa de trabajo de la Organización Mundial del Comercio -OMC- lo define como: “la producción, distribución, comercialización, venta o entrega de bienes y servicios por medios electrónicos”. Por otro lado, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos -OCDE- lo define como: “la venta o compra de bienes y servicios que se realiza a través de redes informáticas con métodos específicamente diseñados para recibir o colocar pedidos”. Y, para la jurista Doris Oropeza, el comercio electrónico es: “la compraventa o intercambio de bienes o servicios a través de medios electrónicos”.

Dentro de la legislación guatemalteca no se encuentra ninguna definición acerca de qué se debe entender por comercio electrónico, únicamente se menciona de forma general el comercio electrónico en la parte considerativa del Decreto 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley Para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas”.

Pareciera que el comercio electrónico se integró a la sociedad de una forma sigilosa y resulta imposible encontrar una misma definición.  Adicional, en un gran número de países, aún no se cuentan con regulaciones específicas para este tipo de comercio, lo cual resulta muy difícil por su constante evolución.  Sin embargo, tomando en cuenta las diferentes definiciones y características del comercio electrónico, se concluye que este se define como: la venta o compra de bienes y la prestación de servicios por medios electrónicos.

En la siguiente parte del análisis de este tema, se estará desarrollando lo que son las diferentes categorías del comercio electrónico, debido a que, de estas categorías han surgido nuevos modelos de negocio, porque las compañías de tecnología han creado plataformas digitales, por medio de las cuales se puede adquirir bienes o se pueden prestar servicios, y es necesario que estos nuevos modelos de negocios se encuentren regulados en diferentes áreas del derecho, y principalmente en el Derecho Tributario, para que los países puedan recaudar aquellos impuestos que se generen por parte del contribuyente o de la plataforma digital.

Roberto Galindo
Coordinador Defensa Fiscal y Servicios Mercantiles

Envíe su correo para mantenerse siempre informado

CAPTCHA