CONSECUENCIAS DE OLVIDARNOS DE LOS PAGOS EN EXCESO DE ISR

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CONSECUENCIAS DE OLVIDARNOS DE LOS PAGOS EN EXCESO DE ISR

 

Muchos contribuyentes ponen suma atención a la acumulación del crédito fiscal por IVA, con la finalidad de solicitar su devolución en cualquiera de los regímenes que establece la Ley del IVA (Dto. 27-92); sin embargo, en lo que concierne a pagos en exceso de ISR, estos son colocados en segundo plano, por considerar que la presentación de las solicitudes de devolución tiene sus complicaciones y porque el proceso es tardado (entre 7 a 8 años).

Lamentablemente, al permanecer dichos pagos en exceso en su contabilidad (olvidados), se tienen las siguientes consecuencias fiscales y financieras.

  1. Que estos formen parte de la base para la determinación del ISO, si para su pago se utiliza la opción del de Activo Neto.
  2. Que se pierda su derecho reclamo, lo que significaría una pérdida de capital de trabajo, que en algunos casos pueden ser sumas significativas.
  3. Transcurrido el período de prescripción, se deba dar de baja de la contabilidad, siendo un gasto no deducible para efecto de determinación del ISR.

Para evitar lo antes expuesto, es recomendable apoyarse con expertos en temas tributarios, que puedan establecer una adecuada estrategia que permita su recuperación lo antes posible; por lo que ponemos a disposición nuestra experiencia de más de 48 años.

 

Lic. David Rodríguez

Gerente de Negocios, Experto en Impuestos

 

"Tribute correctamente; no pague menos, tampoco más"

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